Escuela Profesional de Derecho y Ciencias Políticas
Permanent URI for this community
Browse
Browsing Escuela Profesional de Derecho y Ciencias Políticas by Author "Fernández Hernani Aragón, Dember Salomón"
Now showing 1 - 3 of 3
Results Per Page
Sort Options
Item Open Access Aplicación indebida de la teoría de la equivalencia de las condiciones en los requerimientos acusatorios por los delitos aduaneros de contrabando, en el distrito fiscal de Tacna, 2021-2022(Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, 2025) Paco Chipana, Luis Enrique; Fernández Hernani Aragón, Dember SalomónLa teoría de la equivalencia de las condiciones ha quedado relegada en la dogmática penal, siendo superada por la teoría de la imputación objetiva, su impracticabilidad ha radicado en la amplitud con la que sancionaba todas las contribuciones materiales al delito por los agentes, sin diferenciar los aportes del autor como del partícipe. Sin embargo, el hecho que esta teoría haya quedado relegada, no implica que actualmente no pueda ser aplicada por Ministerio Público en la formulación de sus requerimientos de acusación, debido a que no existe normativa que regule su empleo, pero si es cierto que, en el desarrollo discrecional de la actividad fiscal, esta teoría vulnera derechos fundamentales como la debida motivación, el honor; así como el principio de imputación necesaria; limitando la facultad del propietario del instrumento del delito, de requerir su devolución, vía reexamen de incautación, por el mero hecho de ser incluido en el proceso; sin tener en cuenta si la aplicación de la teoría puede ser descartada a través de los criterios de exclusión desarrollados por la teoría de la imputación objetiva. Además, la teoría de la equivalencia de las condiciones, también transgrede el principio de objetividad, con el cual, debe actuar Ministerio Público, al momento de recabar los elementos de cargo y de descargo contra determinada persona en la etapa de la investigación preparatoria y que le permitan, formular acusación o solicitar ante el órgano jurisdiccional el requerimiento de sobreseimiento. El Tribunal Constitucional, a través de la sentencia en el Expediente N° 6204-2006-PHC/TC, ha señalado que si bien la actividad fiscal es discrecional, se encuentra sometida a principios constitucionales que proscriben actividades caprichosas, vagas e infundadas jurídicamente; y siendo la formulación de la acusación parte de la actividad fiscal, como escalón siguiente a la investigación preparatoria, es que, corresponde tomar en cuenta lo expuesto por el máximo intérprete de la Constitución para delimitar esa discrecionalidad y evitar se vulnere el principio de interdicción de la arbitrariedad. Por ello, esta investigación tiene como objetivo principal determinar si, en el marco de sus funciones discrecionales, Ministerio Público aplica indebidamente la teoría de la equivalencia de las condiciones al momento de formular acusación por los delitos aduaneros de contrabando en los años 2021 a 2022.Item Open Access La inaplicación de los principios y formalidades sobre materia impugnatoria del código procesal penal del 2004 por los fiscales en etapa prejurisdiccional, y su repercusión en el debido proceso, Tacna, 2012(Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, 2015) D’Laura Quintana, Jean Pierre; Fernández Hernani Aragón, Dember SalomónLa presente investigación se realizó con el objeto de atraer la atención hacia varios temas o aspectos importantes como son la fase de formación del proceso penal a cargo del fiscal, así como sus aristas en cuanto a un tema que se pensó exclusivo de la fase avanzada del proceso penal (fase jurisdiccional) como lo es la regulación en materia impugnatoria, y la estrecha relación que tiene el mismo para con el debido proceso, cuya materialización y concretización es fruto del estado constitucional de derecho en el que actualmente nos encontramos y cuyo desarrollo se ha visto impulsado por la implementación del denominado Nuevo Código Procesal Penal (Código Procesal Penal del 2004), que es el que precisamente pone al fiscal como el protagonista de la causa penal.Item Open Access La vulneración del plazo razonable y su incidencia en la determinación de la pena en los juzgados penales del Distrito Judicial de Tacna, 2018 – 2022(Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, 2024) Alfaro Perca, Ulises Franco; Fernández Hernani Aragón, Dember SalomónEl plazo razonable es un derecho fundamental cuyo desarrollo tiene base convencional, implica la obligación de los poderes públicos a otorgar a los justiciables una resolución judicial en un tiempo prudencial; sin embargo, pese a dicho reconocimiento convencional no ha estado exenta de problemas en su aplicación. Por ello, esta investigación tiene como objetivo principal establecer si la vulneración del plazo razonable ha sido considerada como causal de atenuación en la determinación de la pena en los juzgados penales de la Corte Superior de Justicia de Tacna, de 2018 al 2022. Desde un aspecto metodológico, el tipo de esta investigación de acuerdo a su finalidad fue aplicada; en virtud al origen de las fuentes fue documental y bibliográfica; de acuerdo a su temporalidad fue un estudio longitudinal; según el ámbito fue teórica – práctica. Respecto al nivel de investigación, fue descriptiva, correlacional y explicativa. La muestra de la unidad de análisis principal estuvo compuesta por 33 expedientes judiciales procesados en los juzgados penales de la Corte Superior de Justicia de Tacna, la técnica fue el análisis documental, el instrumento fue la ficha de análisis documental. En lo que respecta a la muestra de unidad de análisis secundaria fueron 40 abogados, 4 jueces y 8 fiscales; la técnica fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario de Likert. Finalmente, en la presente investigación se determinó que la vulneración del plazo razonable no ha sido considerada como causal de atenuación en la determinación de la pena en los juzgados penales de la Corte Superior de Justicia de Tacna, de 2018 al 2022.